Texto oficial
Artículo segundo.- Agrégase el siguiente inciso
tercero al artículo 3 del decreto ley N° 1.939, de 1977,
del Ministerio de Tierras y Colonización, que establece
Normas sobre Adquisición, Administración y Disposición de
Bienes del Estado:
"El Ministerio mantendrá la información de los bienes
a que se refieren los incisos precedentes en un sistema
informático georreferencial, disponible en su sitio
electrónico institucional, con el fin de permitir conocer
su ubicación, avalúo, titularidad, destino y demás
antecedentes que señale el reglamento a que hace referencia
el inciso anterior. Dicha información deberá publicarse en
el sitio web en forma completa y actualizada, y de un modo
que permita su fácil identificación y un acceso
expedito.".