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Artículo 16 de la Ley 21.073

Regula la elección de gobernadores regionales y realiza adecuaciones a diversos cuerpos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1115503 / 9889398.

Texto oficial

Artículo 16.- Incorpóranse en la ley N° 20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses, las siguientes modificaciones: 1. Reemplázase en el número 1 del artículo 4 la expresión "los intendentes, los gobernadores" por "los delegados presidenciales regionales, los delegados presidenciales provinciales, los gobernadores regionales". 2. Sustitúyese en el número 2 del inciso primero del artículo 45 la expresión "los intendentes", la primera vez que aparece, por "los delegados presidenciales regionales, los gobernadores regionales".