Texto oficial
Artículo 14: Los aspectos relativos al control, gestión, custodia y cobro de las garantías será determinado por resolución del Director Nacional de Aduanas.
Aprueba los requisitos que deben cumplir ciertos importadores para retirar las mercancías extranjeras que se encuentren en los recintos de depósito aduanero para su importación, para acceder a los beneficios que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1115796 / 9891959.