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Artículo 9 de la Ley 21.080

Modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el ministerio de relaciones exteriores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1116334 / 9896075.

Texto oficial

Artículo 9.- El Ministro de Relaciones Exteriores constituirá un comité asesor, denominado Comité Interministerial de Negociaciones Económicas Internacionales, cuya función será apoyarlo en su misión de colaborar con el Presidente de la República en la planificación, conducción, coordinación, ejecución, control e información de la política exterior relativa a las negociaciones económicas internacionales y al cumplimiento de las obligaciones derivadas de éstas. Un reglamento expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores regulará la integración y funcionamiento del Comité.