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Artículo 18 de la Ley 21.080

Modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el ministerio de relaciones exteriores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1116334 / 9896086.

Texto oficial

Artículo 18 .- Los jefes de las misiones diplomáticas dependen del Subsecretario de Relaciones Exteriores y son los representantes del Estado de Chile y del Presidente de la República. De ellos dependerán los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y de sus servicios dependientes y relacionados que presten servicios en el país en que estuvieren acreditados o contratados, tanto en las misiones diplomáticas, representaciones consulares y oficinas comerciales. Los jefes de las representaciones permanentes ante organizaciones internacionales dependen del Ministerio de Relaciones Exteriores, a través del Subsecretario de Relaciones Exteriores, y los funcionarios de dichas representaciones dependen de los respectivos jefes de representación. Los Agregados de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad que se desempeñen en las misiones de Chile en el exterior quedarán sometidos a la autoridad de los jefes de éstas, manteniendo en todo caso la dependencia del Estado Mayor Conjunto.