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Artículo 59 de la Ley 21.080

Modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el ministerio de relaciones exteriores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1116334 / 9896144.

Texto oficial

Artículo 59.- Todas las menciones que el ordenamiento jurídico haga a la "Agencia de Cooperación Internacional de Chile" o a la "Agencia", en el marco de su regulación, deberán entenderse, en lo sucesivo, referidas a la Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo.