Saltar al contenido

Artículo 50 de la Ley 21.070

Regula el ejercicio de los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde el territorio especial de isla de pascua

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1116414 / 9899233.

Texto oficial

Artículo 50.- Efectos suspensivos. Se suspenderán los efectos de la resolución impugnada por la sola interposición de alguno de los recursos administrativos contemplados en esta ley.