Saltar al contenido

Artículo 22 de la Ley 21.082 · Crea sociedad anónima del estado denominada "fondo de infraestructura s.a.

Crea sociedad anónima del estado denominada "fondo de infraestructura s.a.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1116454 / 9900188.

Texto oficial

Artículo 22.- Las juntas serán convocadas por el Directorio de la sociedad, de oficio o a requerimiento del Ministro de Obras Públicas. En el último caso, el Ministro deberá expresar en su solicitud las materias a tratar.