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Artículo primero de la Ley 21.084

Establece incentivos al retiro para los funcionarios del senado, de la cámara de diputados y de la biblioteca del congreso nacional, y les otorga el derecho a percibir la bonificación por retiro del título ii de la ley n° 19.882, en la forma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1117740 / 9907356.

Texto oficial

Artículo primero.- Durante el año 2018, la bonificación por retiro establecida en el artículo 1 de la presente ley, se financiará con recursos fiscales que ascenderán hasta cinco meses de bonificación y en lo que exceda este número de meses, con los recursos provenientes del Fondo del artículo undécimo de la ley N° 19.882. A contar del año 2019, la mencionada bonificación se financiará conforme lo dispone el inciso segundo del citado artículo undécimo.