Texto oficial
Artículo 15.- Se entenderá por formación técnico
profesional todo proceso de enseñanza de carácter formal y
no formal, que contemple el estudio de las tecnologías y
las ciencias relacionadas, el desarrollo de aptitudes,
competencias, habilidades y conocimientos relacionados con
ocupaciones en diversos sectores económicos. Deberá
promover el aprendizaje permanente de las personas y su
integración en la sociedad.
En el ámbito de la enseñanza formal, la formación
técnico profesional considera los niveles de educación
media de formación técnico profesional y el nivel de
educación superior técnico profesional, así como la
modalidad de educación de adultos en el nivel de educación
media técnico profesional. En el ámbito de la enseñ