Saltar al contenido

Artículo 27 de la Ley 21.091 · Sobre educación superior

Sobre educación superior

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1118991 / 9917344.

Texto oficial

Artículo 27.- El Superintendente, con sujeción a la planta y la dotación máxima de personal, establecerá la organización interna de la Superintendencia y determinará las denominaciones y funciones que correspondan a cada una de las unidades establecidas para el cumplimiento de las funciones que le sean asignadas. Con todo, las funciones de fiscalización e instrucción del procedimiento administrativo sancionatorio, y la de aplicación de sanciones, estarán a cargo de unidades diferentes.