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Artículo cuadragésimo tercero de la Ley 21.091 · Sobre educación superior

Sobre educación superior

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1118991 / 9917507.

Texto oficial

Artículo cuadragésimo tercero.- Lo dispuesto en el artículo 117 comenzará a regir un año después de la entrada en funcionamiento de la Superintendencia de Educación Superior.