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Artículo 37 BIS de la Ley 21.094 · Sobre universidades estatales

Sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1119253 / 10554699.

Texto oficial

Artículo 37 bis.- Quedarán excluidos de la aplicación de la ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, los centros de investigación, desarrollo, innovación o transferencia tecnológica, y en cuya administración o dirección participen dos o más universidades estatales, o una universidad estatal y una o más personas jurídicas de derecho privado, en virtud de lo dispuesto en el literal e) del inciso segundo del artículo 39.