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Artículo 11 de la Ley 21.094 · Sobre universidades estatales

Sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1119253 / 9920211.

Texto oficial

Artículo 11.- Acceso al conocimiento. El Estado debe promover el acceso al conocimiento que se genera en el interior de sus instituciones con el objeto de contribuir al desarrollo social, económico, deportivo, artístico, tecnológico, científico y cultural del país.