Texto oficial
Artículo 13.- Consejo Superior. El Consejo Superior es
el máximo órgano colegiado de la universidad. Le
corresponde definir la política general de desarrollo y las
decisiones estratégicas de la institución, velando por su
cumplimiento, de conformidad a la misión, principios y
funciones de la universidad.
Los estatutos de cada universidad podrán establecer
una denominación distinta para el máximo órgano
colegiado.