Texto oficial
Artículo 27.- Contraloría Universitaria. La
Contraloría Universitaria es el órgano responsable de
ejercer el control de legalidad de los actos administrativos
de las autoridades de la universidad, y de auditar la
gestión y el uso de los recursos de la institución, sin
perjuicio de las demás funciones de control interno que le
encomiende el Consejo Superior.