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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija planta de personal de la subsecretaría de la niñez del ministerio de desarrollo social, determina fecha de inicio de actividades y regula otras materias a que se refiere el artículo primero transitorio de la ley n° 21.090

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1120172 / 9928151.

Texto oficial

Artículo 3°.- Traspásese, sin solución de continuidad, desde la Subsecretaría de Servicios Sociales a la Subsecretaría de la Niñez, a contar de la fecha de iniciación de actividades establecida en el artículo 5º, a 4 funcionarios asimilados a la planta de profesionales que se desempeñen en la Unidad de la Niñez de la Subsecretaría de Servicios Sociales. Además, a contar del 1 de enero de 2019, traspásese, sin solución de continuidad, desde la Subsecretaría de Servicios Sociales a la Subsecretaría de la Niñez, a 9 funcionarios asimilados a la planta de profesionales que se desempeñen en el Subsistema de Protección Integral a la Infancia Chile Crece Contigo creado por la ley Nº 20.379. A contar de la fecha del traspaso se suprimirá por el solo ministerio de la ley en la planta de personal de la Subsecretaría de Servicios Sociales, el cargo de planta que se traspase. Desde esa misma data se rebajará la dotación máxima de personal de la Subsecretaría antes señalada en el mismo número de cargos que se traspasen a la Subsecretaría de la Niñez. Conjuntamente con el traspaso de personal se transferirán desde la Subsecretaría de Servicios Sociales los recursos presupuestarios liberados por dicho traspaso.