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Artículo 105 del Decreto Con Fuerza de Ley 245

Decreto con fuerza de ley número 245

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1121963 / 9967036.

Texto oficial

Art. 105. Los objetos perdidos o decomisados y los animales aparecidos, serán vendidos en pública subasta por el Tesorero Comunal, quien actuará para estos efectos como martillero público. Esta misma calidad la tendrá el Tesorero para todos los remates que deberá efectuar la Municipalidad.