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Artículo 11 de la Ley S/N · Contribucion sobre los haberes

Contribucion sobre los haberes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1123144 / 9964163.

Texto oficial

Art. 11. El Estado retendrá en cada pago de intereses la parte de contribucion que corresponda al capital que representen los títulos de la deuda pública i los censos constituidos sobre el Erario Nacional.