Texto oficial
Art. 12. Las oficinas fiscales descontarán mensualmente la contribucion que corresponda al capital representado por las rentas i demas asignaciones que enumera el número 8 del artículo 1.° i que sean pagadas por dichas oficinas.
Contribucion sobre los haberes
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1123144 / 9964164.