Texto oficial
Art. 13. Las tesorerías municipales harán el mismo descuento por las rentas i demas asignaciones detalladas en el citado inciso, i enterarán mensualmente su importe en la Tesorería fiscal respectiva.
Contribucion sobre los haberes
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1123144 / 9964165.