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Artículo 46 de la Ley S/N · Contribucion sobre la renta

Contribucion sobre la renta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1123280 / 9968826.

Texto oficial

Art. 46. Todos los contribuyentes deberán cubrir este impuesto en las oficinas que el Presidente de la República determine, desde el 1.° hasta el 31 de octubre de cada año.