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Artículo 13 del Decreto 68

Aprueba reglamento de operación, administración y condiciones técnicas de acceso del registro de pasajeros infractores del transporte público

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1124453 / 9957680.

Texto oficial

Artículo 13º.- El presente reglamento comenzará a regir a contar de su fecha de publicación, sin perjuicio de las coordinaciones y otras medidas que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones adopte previamente para la adecuada ejecución del mismo.