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Artículo 2 del Decreto 87

Aprueba reglamento para la aplicación del artículo 50, letra d) de la ley nº 19.542 sobre integración, constitución y funcionamiento de los consejos de coordinación ciudad-puerto

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1127111 / 9982416.

Texto oficial

Artículo 2º.- La integración, constitución y funcionamiento de los Consejos de Coordinación Ciudad-Puerto se regirán por las normas contenidas en el presente Reglamento.