Saltar al contenido

Artículo 16 del Decreto 87

Aprueba reglamento para la aplicación del artículo 50, letra d) de la ley nº 19.542 sobre integración, constitución y funcionamiento de los consejos de coordinación ciudad-puerto

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1127111 / 9982433.

Texto oficial

Artículo 16º.- Para mayor información en el debate de temáticas concretas, el Consejo de Coordinación Ciudad-Puerto podrá solicitar la asistencia técnica de la Comisión Interministerial de Ciudad, Vivienda y Territorio (Comicivyt) regulada por el decreto Nº 34, de 2015, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; la Comisión Nacional para el Desarrollo Logístico (Conalog), regulada por el decreto Nº 298, de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la Comisión Regional de Uso del Borde Costero (CRUBC), creada mediante Oficio Gabinete Presidencial Nº 1 de 1997 y regulada mediante Oficio Gabinete Presidencial Nº 1 de 2005; la Comisión Asesora en Materias Marítimas y Portuarias (CAMMP), regulada por el decreto Nº 70, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; o el Programa de Desarrollo Logístico del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.