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Ley 8.572

Autoriza a la caja de previsión de empleados particulares para conceder la suma de $ 20.000 a cada una de las viudas de los imponentes fallecidos en la catastrofe ocurrida en sewell en junio de 1945, y dispone que la empresa braden cooper ayudara con igual cantidad a las viudas e hijos menores de los obreros y empleados fallecidos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
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idNorma: 1127132

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