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Artículo 9 de la Ley S/N

Ley S/N

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1127513 / 9991951.

Texto oficial

ART. 9.° El Estado suministrará a cada uno de los inválidos del Ejército i Marina los aparatos ortopédicos necesarios para suplir artificialmente los miembros mutilados.