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Artículo 7 de la Ley 21.148 · Crea el consejo fiscal autónomo

Crea el consejo fiscal autónomo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1129007 / 10001295.

Texto oficial

Artículo 7.- Los consejeros percibirán una dieta equivalente a 12 unidades de fomento por cada sesión a que asistan, con un máximo de 120 unidades de fomento por mes calendario. El Presidente percibirá igual dieta, aumentada en el 50%, además de una dieta fija mensual de 50 unidades de fomento.