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Artículo 7 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Establece estatuto de personal de carácter especial de la comisión para el mercado financiero

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1129579 / 10005961.

Texto oficial

Artículo 7.- El concurso será preparado y realizado por un comité de selección, integrado por el jefe de la Unidad de Gestión y Desarrollo de Personas de la Comisión o en quien éste delegue dicha participación y cuatro funcionarios que sean designados por el Presidente, previo a la realización del mismo. Como resultado del concurso le propondrá al Presidente de la Comisión, una nómina de tres candidatos que hubieren obtenido los mejores puntajes, respecto del cargo a proveer. El resultado del concurso constará en un acta. El concurso podrá ser declarado total o parcialmente desierto sólo por falta de postulantes idóneos, entendiéndose que existe tal circunstancia cuando ninguno alcance el puntaje mínimo definido para el respectivo concurso.