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Artículo 24 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Establece estatuto de personal de carácter especial de la comisión para el mercado financiero

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1129579 / 10005982.

Texto oficial

Artículo 24.- Los funcionarios de la Comisión podrán solicitar permiso sin goce de remuneraciones: a. Por motivos particulares, hasta por seis meses en cada año calendario, y b. Para permanecer en el extranjero, hasta por dos años. El límite señalado en el inciso anterior, no será aplicable en el caso de aquellos funcionarios que obtengan becas otorgadas de acuerdo a la legislación vigente.