Texto oficial
Artículo 60.- A los funcionarios de la Comisión les
serán aplicables los artículos 147, 149, 151 y 152 del
decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de
Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto
Administrativo.