Texto oficial
Artículo 14°.- Del proceso de postulación al Consejo
Consultivo. La Defensoría realizará un llamado a
postulación para integrar el Consejo Consultivo, el que se
difundirá públicamente en la página web de la Defensoría
y, por una vez, en un diario de circulación nacional. Hecho
el llamado, las organizaciones de la sociedad civil,
organizaciones de NNA y las universidades reconocidas por el
Estado y acreditadas, que se encuentren inscritas en el
Registro regulado en el artículo 12, deberán presentar a
la Defensoría los antecedentes de sus postulantes, quienes
serán elegidos(as), conforme lo dispuesto en el artículo
13, por resolución del (la) Defensor(a) dentro de un plazo
de 30 días hábiles, contados desde el cierre de la
recepción de los antecedentes.