Texto oficial
Artículo 20. Cumplimiento de los estándares
técnicos. Previo al inicio de los CIFE y los PFC que se
realicen en Chile, las instituciones referidas en el inciso
primero del artículo anterior solicitarán al Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos que se pronuncie respecto de si
las mallas curriculares elaboradas para las señaladas
actividades de formación, cumplen con los estándares
técnicos establecidos en el presente reglamento y en los
protocolos de atención institucional.
En caso que lo estimare necesario, el Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos podrá consultar a la Comisión
Permanente de Coordinación del Sistema de Justicia Penal su
opinión técnica respecto de la suficiencia de la malla
curricular u otro aspecto técnico de algún curso
determinado.