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Artículo 34 del Decreto 471

Aprueba reglamento de la ley n° 21.057, que regula entrevistas grabadas en video y otras medidas de resguardo a menores de edad, víctimas de delitos sexuales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1130167 / 10012628.

Texto oficial

Artículo 34. Protocolos de actuación y atención institucional a niños, niñas o adolescentes. Para uniformar el tratamiento y obligaciones que impone la Ley, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en coordinación con las instituciones referidas en el artículo 33 anterior, elaborará los protocolos de actuación, los que deberán ser previamente discutidos y consensuados en el marco de las sesiones de la Comisión Permanente de Coordinación del Sistema de Justicia Penal, dispuesta en la ley N° 19.665, para luego ser sancionados por las instituciones como documentos guía o base de las actuaciones que ellas desarrollen.