Texto oficial
Artículo 38. De la solicitud de acreditación. La
entidad que impartió el CIFE o el participante, conforme lo
dispuesto en el artículo 36 del presente reglamento,
deberán acompañar al formulario, a lo menos, los
antecedentes que a continuación se detallan:
a) Antecedentes curriculares.
b) Certificado de antecedentes para fines especiales.
c) Certificado de la realización satisfactoria del
CIFE realizado en Chile. En caso de que el curso se haya
realizado en el extranjero, además del referido certificado
deberá acompañar la correspondiente malla curricular.
d) Copia del informe final del CIFE.
e) Indicar a qué institución pertenece y el domicilio
de aquélla.
f) Certificado emanado de la jefatura de la
institución a la que pertenece en el que conste el
compromiso de garantizar lo establecido en el artículo 27
inciso segundo de la Ley.