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Artículo 42 del Decreto 471

Aprueba reglamento de la ley n° 21.057, que regula entrevistas grabadas en video y otras medidas de resguardo a menores de edad, víctimas de delitos sexuales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1130167 / 10012639.

Texto oficial

Artículo 42. Del estudio de antecedentes. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos procederá al estudio de la solicitud de revalidación de la acreditación junto a los antecedentes presentados, en los términos señalados en el artículo 39. Con todo, es requisito esencial para proceder a la revisión de antecedentes, que la persona interesada se encuentre actualmente acreditado como entrevistador.