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Artículo 46 del Decreto 471

Aprueba reglamento de la ley n° 21.057, que regula entrevistas grabadas en video y otras medidas de resguardo a menores de edad, víctimas de delitos sexuales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1130167 / 10012645.

Texto oficial

Artículo 46. Del deber de información. Las instituciones respectivas deberán informar oportunamente al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos todo cambio de circunstancia que afecte a sus entrevistadores acreditados e inscritos en el Registro de Entrevistadores, y que fuere de interés para la debida actualización del señalado registro, especificando cuando se trate de una imposibilidad para ejercer el rol por menos de treinta días.