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Artículo 27 del Decreto Con Fuerza de Ley 16

Decreto con fuerza de ley n.o 16

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1132510 / 10029541.

Texto oficial

Art. 27. Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial, pero los impuestos a que se refiere el artículo 3.o, entrarán en vigencia el 1.o de Marzo de 1931.