Saltar al contenido

Artículo 5 del Decreto 98

Reglamento que regula los títulos i y iii de la ley nº 21.027 sobre el desarrollo integral y armónico de caletas pesqueras a nivel nacional y fija normas para su declaración y asignación

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1133177 / 10033994.

Texto oficial

Artículo 5º.- Contenido de la notificación. La notificación señalada en los literales a) y d) del artículo anterior deberá contener la individualización de la caleta, sus coordenadas geográficas en Datum WGS-84 y deberá adjuntarse el decreto de destinación. Los avisos señalados en el literal b) del artículo anterior deberán contemplar la individualización de la caleta, las coordenadas geográficas en Datum WGS-84 y la individualización del decreto de destinación.