Texto oficial
ART. 23
La mina o parte de mina adquiridas en contravencion a lo dispuesto en el artículo anterior se adjudicarán a la Municipalidad del departamento en que se encuentre ubicada la mina.
Código de minería
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1133574 / 10039849.