Texto oficial
ART. 75
Antes de dar principio a la obra del socavon o labor, el que la emprenda deberá rendir fianza para responder a la indemnizacion de los perjuicios que se causaren en la mina por donde intenta pasar.
Código de minería
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1133574 / 10039906.