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Artículo 92 del Código de Minería

Código de minería

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1133574 / 10039925.

Texto oficial

ART. 92 Si el operario contratado por tiempo determinado con estipulacion de desahucio, se retirase intempestivamente sin causa grave, pagará al patrón una cantidad equivalente al salario de un mes, o del tiempo del desahucio o de los dias que falten para cumplirlo, respectivamente.