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Artículo 122 del Código de Minería

Código de minería

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1133574 / 10039956.

Texto oficial

ART. 122 Son causales de oposicion: 1.° El pago de las cantidades por las que se ha hecho el requerimiento; 2.° Que esas cantidades procedan de trabajos ejecutados sin consentimiento del oponente en los casos en que este consentimiento es necesario; 3.° Que la cuota o cantidad que se solicita esté destinada a esa misma clase de trabajos; 4.° La existencia de minerales suficientes para cubrir la deuda.