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Artículo 127 del Código de Minería

Código de minería

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1133574 / 10039961.

Texto oficial

ART. 127 Las compañías de esploracion se constituyen por el hecho de ponerse de acuerdo dos o mas personas para realizar una espedicion con el objeto de descubrir criaderos minerales. El acuerdo podrá ser de palabra o hacerse constar en escritura pública o privada.