Texto oficial
Artículo cuarto.- Las propuestas que el Supremo Gobierno recomiende para su aceptación deberán ser aprobadas por el Congreso Nacional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.o de la ley N.o 11.151.
Autoriza al presidente de la república para contratar prestamos por la suma que indica, destinados a la construccion del ferrocarril metropolitano de santiago
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