Texto oficial
Artículo primero.- Los funcionarios de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica que sean traspasados a la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo, en virtud del presente decreto con fuerza de ley, que se encuentren desempeñando cargos afectos al Sistema de Alta Dirección Pública, mantendrán sus nombramientos y seguirán afectos a las normas que les fueren aplicables a la época de su designación, hasta que se produzca la vacancia de dicho cargo.
Los funcionarios de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica que sean traspasados a la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo, en virtud del presente decreto con fuerza de ley, que se encuentren desempeñando cargos afectos al artículo 8° del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, continuarán rigiéndose por las disposiciones vigentes a la época de su designación.