Saltar al contenido

Artículo 19 del Decreto 899

Aprueba reglamento para el funcionamiento del banco unificado de datos del artículo 11 de la ley nº 20.931, que facilita la aplicación efectiva de las penas establecidas para los delitos de robo, hurto y receptación y mejora la persecución penal en dichos delitos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1137086 / 10059262.

Texto oficial

Artículo 19.- De la visualización de datos. La visualización de los datos, por parte de las respectivas Instituciones se efectuará a través del aplicativo BUD Operativo o de los sistemas que tengan o desarrollen los órganos o instituciones participantes o integrantes y que les permitan acceder al BUD Operativo.