Aprueba reglamento para el funcionamiento del banco unificado de datos del artículo 11 de la ley nº 20.931, que facilita la aplicación efectiva de las penas establecidas para los delitos de robo, hurto y receptación y mejora la persecución penal en dichos delitos
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1137086 / 10059263.
Texto oficial
Artículo 20.- De la interacción a través de la
plataforma. La interacción a través de la plataforma entre
las Instituciones y el BUD Operativo se realizará mediante
el procedimiento y a través de la tecnología que se
determinen en los lineamientos técnicos en materia de
seguridad que al efecto se dicten.