Saltar al contenido

Artículo 20 del Decreto 899

Aprueba reglamento para el funcionamiento del banco unificado de datos del artículo 11 de la ley nº 20.931, que facilita la aplicación efectiva de las penas establecidas para los delitos de robo, hurto y receptación y mejora la persecución penal en dichos delitos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1137086 / 10059263.

Texto oficial

Artículo 20.- De la interacción a través de la plataforma. La interacción a través de la plataforma entre las Instituciones y el BUD Operativo se realizará mediante el procedimiento y a través de la tecnología que se determinen en los lineamientos técnicos en materia de seguridad que al efecto se dicten.