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Artículo sexto de la Ley 21.180 · Transformación digital del estado

Transformación digital del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1138479 / 10067389.

Texto oficial

Artículo sexto.- Hasta el 31 de diciembre del año 2027, quienes carezcan de los medios tecnológicos, no tengan acceso a medios electrónicos o sólo actuaren excepcionalmente a través de ellos, podrán realizar presentaciones en el procedimiento administrativo en soporte de papel y solicitar que la notificación se practique mediante carta certificada dirigida al domicilio designado en la presentación, de acuerdo a lo contemplado en el inciso quinto del artículo 18 de la ley Nº 19.880 y al pronunciamiento respecto de esta solicitud establecido en el inciso segundo del artículo 46 de la ley Nº 19.880.