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Artículo 2 de la Ley 21.183

Amplía el procedimiento de relocalización a concesiones de acuicultura que indica y establece permisos especiales de colecta de semillas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1138960 / 10069593.

Texto oficial

Artículo 2.- La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura deberá considerar en la propuesta de relocalización por área indicada en el artículo anterior las solicitudes de concesión de acuicultura ubicadas en el sector, respecto de las cuales no existan causales de rechazo. Las relocalizaciones que se originen en virtud de la presente ley, y que se refieran sólo a ajustes cartográficos, gozarán de preferencia frente a toda solicitud de concesión de acuicultura individual y/o solicitud de destinación sobre el borde costero, incluso de aquellas que tengan una fecha previa a la solicitud de relocalización. En los casos de meros ajustes cartográficos, el reglamento podrá fijar una distancia inferior a la establecida en virtud del artículo 87 de la Ley General de Pesca y Acuicultura entre los centros de cultivo comprendidos en el área que sea objeto de la relocalización conjunta por área. Las concesiones que se relocalicen tendrán una vigencia de veinticinco años contados desde la fecha de la relocalización, salvo en los casos de meros ajustes cartográficos de concesiones que se encuentren en los supuestos indicados en las letras a), b), c) y d) del artículo tercero transitorio. En el caso de los meros ajustes cartográficos se estará a la vigencia que conste en el acto de otorgamiento de la concesión. En cualquier caso, las concesiones que se relocalicen serán renovables en los términos señalados en el artículo 69 de la Ley General de Pesca y Acuicultura.